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Actualización de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en los Gastos de Hipoteca

Actualización de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en los Gastos de Hipoteca

¿Qué gastos de hipoteca son reclamables y en qué porcentaje?

El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado, en virtud de su sentencia de fecha 27 de enero de 2021, sobre los gastos de hipoteca y, en concreto, sobre el último gasto de hipoteca que quedaba por dirimir: la tasación de la vivienda, que es un paso previo a la concesión del préstamo; al mismo tiempo que ha actualizado su postura sobre los gastos de gestoría.

La buena noticia es que ha inclinado la balanza a favor del consumidor en ambos casos, y obliga a la entidad bancaria a asumir el 100% del gasto de tasación, siempre que la escritura notarial sea anterior a la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de créditos inmobiliarios; e igualmente, el 100% del gasto de gestoría, en lugar del 50% de la jurisprudencia anterior; todo ello, eso sí, siempre que la cláusula de los gastos de hipoteca sea considerada abusiva.

Este fallo del Alto Tribunal termina con las dudas sobre qué gastos de hipoteca deben recaer en la entidad financiera y en el consumidor. De hecho, en el comunicado remitido por el Tribunal Supremo, dice: “con esta sentencia quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario”.

Este fallo supone una mejora de cara al consumidor respecto a los anteriores, ya que, antes del dictado de esta Sentencia, los gastos de hipoteca que se podían reclamar eran: el 50% del gasto de notaría, el 100% del gasto del Registro de la Propiedad y el 50% del gasto de gestoría.

Pero, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 16 de julio de 2020, que afirmaba: “debían ser restituidos por la entidad [todos los gastos de constitución de la hipoteca, menos cuando el derecho nacional disponga lo contrario”; el Alto Tribunal, en síntoma con esa jurisprudencia europea y como ya hemos indicado, dicta su sentencia de fecha 27 de enero de 2021 y dictamina que el consumidor puede reclamar los siguientes gastos de hipoteca:

  • 50% del gasto de notaría.
  • 100% del gasto de tasación, gestoría y registro.

 

A la vista de la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto de los gastos de hipoteca, todas las dudas se han disipado, ya no tienes excusas para reclamarlos, ponte en contacto con Vicente Díaz Lagares y Asociados y prepárate para recuperar tu dinero.

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